Envío de SMS comerciales

¿Podemos enviar mensajes SMS con contenido comercial a nuestros clientes?. Esta simple pregunta que tiene una más simple contestación: “SI”, puede darnos más de un quebradero de cabeza si no cumplimos la normativa en protección de datos personales.

Debemos tener en cuenta varios aspectos antes de proceder a enviar una campaña comercial, como son:

  • Aunque parezca obvio, realizar un filtrado de los clientes que se encuentren de baja en nuestros sistemas y eliminarlos de la base de datos sería el primer paso por realizar, ya que si un cliente ha cursado baja debemos finalizar de manera instantánea cualquier tratamiento de sus datos personales.
  • Realizar una búsqueda en la Lista Robinson para verificar que los números de teléfono de nuestros clientes no se encuentren en dicha lista sería el segundo paso.
  • El tercer paso consistiría en filtrar si alguno de los clientes ha solicitado el ejercicio de los derechos que le asiste, ya que puede darse el caso de un requerimiento sin atender y que suponga la exclusión de los datos personales de la base de datos que usaremos para realizar nuestra campaña.
  • Si el tratamiento lo realiza una empresa externa, es necesario formalizar un contrato especícico de tratamiento de datos personales.

El incumplimiento de estos pasos, podría dar lugar a una sanción por parte de la Agencia de Protección de Datos que podría llegar hasta los 50.000 €, según hemos podido ver en los últimos procedimientos sancionadores consultados.

Autor: A. Amo

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